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Aspectos Fiscales

Tratamiento Fiscal del Sale and Leaseback en México

Aspectos legales y fiscales · 8 min de lectura

Nadie decide hacer un sale and leaseback por amor a la contabilidad, pero ignorar el tratamiento fiscal del instrumento es la forma más rápida de convertir una buena decisión financiera en una sorpresa desagradable en abril. La buena noticia es que, en líneas generales, el tratamiento fiscal de estas operaciones en México es relativamente claro —solo hay que conocer las piezas antes de firmar. Esta guía repasa los aspectos fiscales más relevantes, sin pretender sustituir la opinión de tu contador o asesor fiscal.

Respuesta corta

El sale and leaseback tiene dos momentos fiscales: en la venta se detona ISR sobre la ganancia en enajenación e IVA sobre la parte construida; en el arrendamiento, la renta causa IVA acreditable y suele ser deducible al 100% para ISR. El registro contable sigue la NIF D-5.

Dos momentos, dos tratamientos distintos

Un sale and leaseback tiene dos eventos fiscales separados. El primero es la venta del inmueble, que puede generar una ganancia o pérdida fiscal según el costo comprobado de adquisición y las deducciones acumuladas por depreciación hasta ese momento. El segundo es el arrendamiento posterior, donde los pagos de renta suelen tratarse como un gasto deducible para efectos del ISR, siempre que se cumplan los requisitos de deducibilidad aplicables a cualquier gasto operativo.

Puntos que conviene revisar con tu asesor fiscal

  • Cómo se calcula la ganancia o pérdida fiscal por la venta del inmueble.
  • El tratamiento del IVA aplicable a la operación de venta y al arrendamiento.
  • La deducibilidad de los pagos de renta bajo las reglas vigentes del ISR.
  • El momento fiscal en que se reconocen los efectos de cada etapa.

El sale and leaseback no es un vacío fiscal, es una operación bien regulada —lo importante es planearla con tu contador antes de firmar, no después.

Por qué conviene planear la operación con anticipación

El tratamiento fiscal específico depende de cómo se estructure el contrato, el régimen fiscal de tu empresa y el historial de depreciación del inmueble. Por eso, en Leaseback México recomendamos involucrar a tu contador o asesor fiscal desde las primeras conversaciones, no hasta que el contrato ya esté en la mesa. Para el marco general de deducciones aplicables, revisa nuestra guía de deducciones fiscales del sale and leaseback. Para información oficial sobre obligaciones fiscales en México, el SAT publica guías y normatividad actualizada.

En Leaseback México estructuramos operaciones de sale and leaseback considerando el impacto fiscal desde el diseño del contrato, trabajando de la mano con tu equipo contable.

¿Qué impuestos toca cada etapa de la operación?

Un sale and leaseback tiene dos momentos fiscales distintos: la enajenación del inmueble y el arrendamiento posterior. Confundirlos es el error más caro. Esta tabla es orientativa; tu contador debe validar el caso concreto.

MomentoQué se detonaQuién lo cubre normalmente
Venta del inmuebleISR sobre la ganancia en enajenaciónLa empresa vendedora
Venta del inmuebleIVA sobre construcción (el terreno no causa IVA)Se traslada al comprador
EscrituraciónImpuesto sobre adquisición de inmueblesNormalmente el comprador
Arrendamiento mensualIVA sobre la renta, acreditableLa arrendataria
Arrendamiento mensualRenta deducible para ISRBeneficio de la arrendataria
Registro contableTratamiento conforme a NIF D-5Ambas partes
Panorama fiscal orientativo. Cada operación debe validarse con tu asesor fiscal antes de firmar.

Preguntas frecuentes

¿La renta es deducible al 100%?

En general sí, cuando el arrendamiento cumple los requisitos de deducibilidad y está debidamente documentado. Es una de las ventajas frente al crédito, donde solo deduces intereses. Confirma tu caso con tu contador.

¿Qué pasa si vendo la nave por encima de su valor en libros?

Se genera una ganancia en enajenación que causa ISR en el ejercicio. Planear el momento de la operación y revisar pérdidas fiscales pendientes de amortizar puede cambiar de forma importante el efecto neto.

¿El terreno causa IVA?

No. El IVA aplica sobre la parte construida, no sobre el suelo. Por eso el avaluo suele separar el valor del terreno y el de las construcciones: esa separación tiene efecto fiscal directo.

¿Cuándo conviene involucrar al contador?

Antes de firmar la carta de intención, no después. El tratamiento fiscal depende de cómo se estructure la operación, y varias decisiones dejan de ser reversibles una vez acordados los términos.

Quién escribe esto

Equipo editorial de Leaseback México

Publicado por el equipo editorial de Leaseback México, firma dedicada exclusivamente a estructurar operaciones de sale and leaseback de naves industriales en los corredores industriales del país, y revisado por el equipo que arma las operaciones.

Los rangos de renta, plazo y aforo que aparecen en este artículo son estimaciones de mercado, no una oferta. Lo fiscal y lo contable es orientativo: valida tu caso con tu contador y tu abogado antes de firmar.

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